Legislación – Formalizan empleo de tiempo parcial

Formalizan empleo de tiempo parcial

 

El Congreso de la República aprobó la formalización de los empleos a tiempo parcial en su segundo decreto de 2017. Esto, 23 años después que Guatemala firmara el Convenio 175 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que estipula este método de contratación.

 

La ley ingresó a consideración de los diputados en 2013 como iniciativa de los ministerios de Economía y de Trabajo y Previsión Social. Las autoridades de los dos gobiernos sucesivos a cargo de estas instituciones continuaron con su impulso hasta su aprobación cuatro años después.
El Ministro de Economía, Rubén Morales, explicó que “este decreto da opción a que empresas que requieren personal a tiempo parcial, como el sector servicios, lo puedan hacer formalmente. Además, genera oportunidades de empleo formal, con acceso a seguridad social y otros beneficios para jóvenes o madres de familia, quienes tienen otras responsabilidades como estudios o cuidado de los hijos”.
En Guatemala existen alrededor de 4.5 millones personas en el sector informal, 69.8% de la población económicamente activa (6.6 millones), según la Encuesta de Ingresos y Empleo 1-2016 del Instituto Nacional de Estadística. Las más afectadas por este modo de empleo son las mujeres indígenas en el interior rural del país, con más de 85% de trabajos informales.
Este informe también detalla que más de 762 mil personas mayores de 15 años en el país son subempleadas (11.5% de la Población Económicamente Activa). Es decir que trabajan menos de 40 o 48 horas semanales en los sectores público o privado, respectivamente, y no escogieron este modo de empleo voluntariamente.
La mayoría son hombres indígenas del área rural en el interior del país de entre 15 y 24 años, quienes se dedican principalmente al comercio, alojamiento, servicios de comidas, agricultura, ganadería y silvicultura como trabajadores por cuenta propia, empleados privados o jornaleros.
Según el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, con la ratificación de este convenio, el Estado reconoce la importancia de la protección de los derechos fundamentales de esta categoría de trabajadores “quienes ante la falta de una regulación pertinente, se encuentra en situación de desigualdad y desprotección”.
Sin embargo, no todos lo piensan así. El 23 de febrero, el Decreto fue señalado ante la Corte de Constitucionalidad por el Movimiento Sindical, Indígena y Campesino Guatemalteco, que aduce que los tres principios básicos de seguridad laboral en el país (realidad, irrenunciabilidad e intangibilidad y continuidad) “son incompatibles con el fraccionamiento del salario y de tales prestaciones que regula el Convenio 175 de la OIT”.
Para Hugo Maúl, analista del Centro de Investigaciones Económicas Nacionales (CIEN) “oponerse a la incorporación de la figura del trabajo a tiempo parcial dentro del ordenamiento jurídico del país revela una profunda ceguera respecto de la importancia de la generación de nuevas oportunidades de empleo formal para los guatemaltecos”.
Maúl explica que esta ley beneficiará directamente con acceso a seguro social, aguinaldo, bono 14, vacaciones pagadas, entre otros, a “jóvenes estudiantes, quienes (…) no encuentran quién los contrate dada su falta de experiencia, conflictos de horario y elevado costo para las empresas que deben pagar por una jornada completa aunque no se trabaje”.

El contenido de Industria&Negocios no necesariamente representa la opinión de Cámara de Industria de Guatemala; cada artículo es responsabilidad de sus autores.

Cámara de Industria de Guatemala
Ruta 6, 9-21 Zona 4, Nivel 12
PBX: (502) 2380-9000
Correo electrónico: [email protected]

facebook linkedin